domingo, 10 de agosto de 2014

Financiamiento productivo

06/05/2014 Circular N° 138/2014

Buenas noticias: financiamiento productivo para industrias  FONDEAR - CAME

La Rama Industrial de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que a través del Decreto 606/2014 (B.O. 29/03/2014) el Poder Ejecutivo Nacional puso en marcha el programa “Fondo Fiduciario Público”, denominado Fondo para el Desarrollo Económico Argentino (FONDEAR). Al anunciar la línea de créditos, la Presidenta afirmó que "va a significar un crecimiento en la oferta en materia de créditos para el sector, para el financiamiento productivo, que en 2003 era de 7,7 % del PBI, sustancialmente más bajo que el actual, y que al término de 2013 fue 16,9 % del PBI". Los detalles más sobresalientes son:
Naturaleza y objeto: financiamiento para proyectos que promuevan la inversión en sectores estratégicos para el desarrollo económico y social del país, la puesta en marcha de actividades con elevado contenido tecnológico y la generación de mayor valor agregado en las economías regionales.
Destino de los recursos del Fondo
a) Proyectos en sectores estratégicos: se priorizarán proyectos de inversión con potencial exportador, con capacidad de sustituir importaciones, de incorporar tecnología, de generar nuevos puestos de trabajo y de agregar valor a la cadena productiva.
b) Proyectos de apoyo a producciones innovadoras: destinados a proyectos que posibiliten el impulso de actividades innovadoras con elevado contenido tecnológico, surgidas a partir de desarrollos, conocimientos y capacidades generados en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación estructurado por la Ley Nº 25.467.
c) Proyectos de economías regionales: destinados a proyectos que generen valor agregado o contribuyan al fortalecimiento de cadenas de valor en economías regionales. Se priorizarán aquellos proyectos que:
  • Pertenezcan a sectores o cadenas de producción identificadas como prioritarios dentro de las Economías Regionales
  • Cuenten con el apoyo de Gobiernos Provinciales o Municipales
  • Evidencien potencial exportador, capacidad de sustituir importaciones, de incorporar tecnología, de generar nuevos puestos de trabajo y de mejorar las condiciones de los existentes
  • Mejoren problemas de logística, de asimetría de información, de transparencia en la comercialización y de trazabilidad de productos
  • Contribuyan a aumentar la diversificación y diferenciación de productos y a potenciar el desarrollo del mercado interno
No podrán utilizarse los recursos del FONDEAR para financiar:
a) La adquisición de automóviles de pasajeros, vehículos utilitarios y cualquier otro rodado que no esté destinado a la actividad propia de la empresa destinataria del crédito, es decir, la adquisición de vehículos automotores que no tengan un uso excluyente comercial, industrial y de servicios
b) Las construcciones o reparaciones de edificios o inmuebles de uso residencial
c) La compra de terrenos
d) La reestructuración de deudas, pago de dividendos o recuperación de capital invertido
e) El pago de deudas impositivas
f) Gastos no relacionados en forma directa con los objetivos del proyecto debidamente acreditado
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